Revista del Consumidor / SERNAC

Hogar

Seguros ofrecidos en casas comerciales

La decisión es suya

Tenga presente que varios de los cargos que usted encuentra en sus cuentas de casas comerciales provienen de cobros por seguros.
Sin embargo, éstos deben haber sido contratados o solicitados por usted. Si no es así, no le pueden cobrar.

Muchos consumidores (as) han presentado algún reclamo en Sernac, porque consideran que en el detalle de la cuenta de la casa comercial donde tienen crédito, viene con montos superiores a los que tenían previsto pagar en el mes.

Esto ocurre, en ocasiones, por desconocimiento de los consumidores que no saben que cobros como: comisiones por uso y mantención de tarjetas y seguros aceptados expresamente por el consumidor, son costos que se incorporan al total de la cuenta y que harán variar el valor a pagar de su crédito.

De hecho, la cuenta es igual a la cuota, más los costos asociados.

A estos ítems también hay que agregarle otros productos como el seguro de desgravamen, que es aquel que asegura al dueño de la cuenta de que ante su fallecimiento, la empresa pague el total de su deuda con dicha casa comercial. Este seguro viene incorporado a la contratación del crédito con la casa comercial y por lo tanto también significará un cobro adicional.

Sin embargo, hay otros costos, que provienen de seguros ofrecidos por las casas comerciales (seguro de identidad, seguro de cesantía), que usted puede aceptar o no en su contrato. Y que evidentemente no deberían venir incluidos en el pago mensual, si usted no lo acordó.

Por ello una recomendación es que se fije muy bien en el contrato que usted firma con una multitienda por ejemplo, donde debe venir explicado cada ítem a cobrar y las condiciones en que se otorgará el servicio. Consulte cuáles son los gastos adicionales que le cobrarán en su cuenta, además del valor total del producto adquirido en cuotas o los impuestos

correspondientes a la operación de crédito que haga en dicha casa comercial (compra de productos en cuotas).

No olvide en el caso de adquirir electrodomésticos, exigir la garantía legal y si le ofrecen y acepta otro servicio, como la garantía extendida, preguntar cómo opera. Este es otro producto voluntario, que no pueden agregar al valor del producto o monto del crédito, si usted no lo solicita.

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